Una gran cantidad de contratos de multipropiedad (también llamados de tiempo compartido , aprovechamiento por turnos o time sharing) obligaban a los clientes a contratar la multipropiedad de por vida, sin poder librarse del pago de sus cuotas de mantenimiento. Dicha venta a perpetuidad es contraria a la ley 42/1998, por lo que todo contrato posterior a esta fecha que no fije un plazo de duración de entre 3 y 50 años, incumple la ley.
Si has sufrido abusos al contratar un servicio de timesharing con Marriott Vacation Club, puedes reclamar y recuperar tu dinero. De hecho, el Tribunal Supremo ya ha fallado en más de 66 ocasiones dando la razón a todos aquellos afectados por abusos en sus contratos de timesharing o multipropiedad.
Te ayudamos a recuperar ese dinero a través de una reclamación.
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Marriott Vacation Club es una empresa líder en la venta de propiedades de vacaciones de lujo, intercambio y administración de terceros. En su cartera cuenta con más de 100 centros turísticos repartidos por diferentes países.
Los contratos de multipropiedad que ofrece Marriott Vacation Club pueden no estar ajustados a la ley, el Tribunal supremo Español ha determinado que la mayoría de estos contratos son nulos. No lo pienses más y reclama con nosotros.
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La compañía se fundó en el sur de España en 1984 como Club La Costa y, durante casi 3 décadas, la compañía ha crecido con la expansión de su cartera de complejos turísticos y la diversificación de su gama de productos.
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Diamond Resort es una compañía hotelera que cuenta con más de 163 resorts ubicados en 33 países alrededor del mundo. Entre todos los servicios de alojamiento que ofrece, se encuentra la venta de tiempo compartido o también llamado multipropiedad. Reclama a Diamond Resort
RCI es la sigla de Resorts Condominiums International. A través de sus programa de intercambio RCI Weeks y RCI Points, ofrecen a sus socios suscritos acceso a complejos afiliados en más de 100 países. Reclama a RCI
El time sharing, multipropiedad o aprovechamiento por turnos consiste en el derecho a disfrutar de un alojamiento con fines turísticos a cambio de un precio durante un corto periodo de tiempo cada año. No se adquiere la propiedad del inmueble, pero sí el derecho a disfrutar del mismo durante el tiempo establecido en el contrato. Así, varias personas pueden disfrutar de la misma propiedad en fechas distintas, reduciendo los costes de todas las partes frente a alquilar o comprar individualmente una propiedad. El usuario debe, además de pagar el precio por el derecho de uso, abonar una cuota anual en concepto de mantenimiento del inmueble, que variará según el inmueble y sus características.
Desde 1998, todo contrato de time sharing o multipropiedad debe de contener un plazo de duración del mismo, que debe situarse entre los 3 y los 50 años. Sin embargo, muchas compañías han hecho caso omiso de la regulación y no establecían la duración del contrato u obligaban a sus clientes a contratar la multipropiedad de por vida. Dicha venta a perpetuidad o no especificación del tiempo que durará el aprovechamiento por turnos es contraria a la ley y puede ser reclamada. Del mismo modo, son ilegales los sistemas flotantes que no asignan ni una semana ni un apartamento concreto al usuario. Además, muchos clientes sufrieron otro tipo de abusos como la obligación de abonar una cuantía en concepto de reserva, fianza o depósito, lo cual está prohibido expresamente por ley. Reclamando este abuso podrás obtener el doble de la cuantía entregada indebidamente.
No, no podemos garantizarte un 100% de probabilidad de éxito. Lo que si podemos decirte es que, pese a que ninguna reclamación puede tener una tasa de éxito totalmente asegurada, el Tribunal Supremo ya declaró nulos aquellos contratos que no cumplan con el requisito legal de establecer un plazo de entre 3 y 50 años de duración o que exigan adelantos de cuantías en concepto de depósito o un término similar. De todos modos, recuerda que operamos bajo una política “no win, no fee” por lo que, en el remoto caso de que perdiésemos, no pagarías por nuestros honorarios.
Debes saber que este tipo de reclamación puede prescribir a los 15 años si adquiriste tu casa antes del 31 de diciembre de 2015, siendo la fecha límite máxima para reclamar octubre de 2020, o a los 5 años si tuvo lugar con posterioridad. Por ello, te recomendamos que reclames de inmediato, ya que cuanto antes llegue tu caso a los tribunales, antes recuperarás tu dinero y más posibilidades tendrás de cobrar frente a una posible quiebra de la empresa responsable.
Tan solo debes rellenar el formulario con la información que te iremos solicitando. También deberás preparar la siguiente documentación: