Sentencias vivienda no entregada Proyectos Antele Bankia condenado a devolver los depósitos entregados por los clientes Reclamar

Sentencias vivienda no entregada Proyectos Antele

Bankia condenado a devolver los depósitos entregados por los clientes Reclamar

 

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Sentencia vivienda no entregada Proyectos Antele

Presentamos una reclamación de vivienda no entregada contra el banco que debía responder por las cuantías ingresadas de nuestro cliente a Proyectos Antele solicitando la devolución de las cantidades abonadas en la compra de vivienda sobre plano. El juez falló a nuestro favor y condenó al banco a devolver los 65.160 euros que nuestro cliente anticipó.

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Sentencia contra Bankia por no responder por las cantidades ingresadas del cliente en concepto de compra de vivienda sobre plano a Proyectos Antele: juzgado de 1ª instancia nº 67 de Madrid

Juzgado de primera instancia nº 67 de Madrid
Procedimiento Ordinario 642/2019
Sentencia nº 266/2019
Marta Díez Pérez-Caballero, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia.
número 67 de Madrid
y su Partido Judicial, ha dictado la siguiente:

Antecedentes de Hecho:

PRIMERO.- Por D. XXX, representado por el Procurador D. Jorge Ortiz García, se formuló demanda de Juicio Ordinario contra Bankia S.A., en la que, por medio de párrafos separados exponía los hechos en que fundaba su pretensión, acompañaba los documentos pertinentes y hacía alegación de los fundamentos de derecho que entendía aplicables al caso y finalizaba con la súplica de que, tras su legal tramitación, se dictara Sentencia estimatoria de sus pretensiones, por la cual:
1.- Se condene a la demandada a abonar la suma de sesenta y cinco mil ciento sesenta euros (65.160 €), con los intereses legales desde la fecha de las aportaciones realizadas, todo ello con expresa imposición de costas a la parte demandada.
2.- Solicitando de forma subsidiaria, para el caso de que se entienda que los gastos y comisiones bancarias cobradas no deben ser devueltas, la condena a la entidad demandada a devolver a la actora la suma de sesenta y cuatro mil novecientos diecisiete euros, con diez céntimos (64.917’10 €), con los intereses legales desde que se realizaron los pagos y costas del procedimiento.

SEGUNDO.- Admitida a trámite la demanda, se acordó dar traslado a la parte demandada, emplazándola por el término de veinte días para contestar, compareciendo dentro del plazo concedido, formulando oposición a las pretensiones de contrario, solicitando su desestimación, invocando las excepciones de falta de legitimación pasiva “ad causam” y caducidad.

TERCERO.- Convocados los litigantes para la celebración de la audiencia previa, el día señalado comparecieron ambas partes personadas, poniendo de manifiesto la subsistencia del litigio y la imposibilidad de llegar a un acuerdo entre ambos.
Continuando la celebración de la audiencia previa, una vez fijados los hechos controvertidos se recibió el procedimiento a prueba, proponiéndose por ambas partes únicamente documental. Siendo declarada pertinente en su integridad y no siendo precisa la celebración de vista, previo informe de las partes, quedaron las presentes actuaciones conclusas para dictar sentencia.
CUARTO.- En la tramitación del presente procedimiento se han respetado las prescripciones legales.

Fallo:

Que estimando la demanda interpuesta por D. XXX, contra Bankia S.A., debo condenar a la citada demandada a abonar la suma de sesenta y cinco mil ciento sesenta euros (65.160 €).

La citada cantidad devengará los intereses legales precisados en el fundamento jurídico séptimo de la presente resolución y los moratorios del artículo 576 de la LEC, desde sentencia.
Se hace expresa imposición a la parte demandada de las costas causadas. Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación ante este Juzgado para ante la Ilma Audiencia Provincial en el plazo de veinte días a partir del siguiente a la notificación, debiendo la parte recurrente acreditar haber constituido el correspondiente depósito legal para poder apelar.

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Preguntas frecuentes relativas a la reclamación del depósito de vivienda no entregada Proyectos Antele

Una nueva sentencia del Tribunal Supremo ha establecido que aquellos que compraron una vivienda sobre plano o sin licencia pueden recuperar el 100% de su depósito. Proyectos Antele está legalmente obligado a constituir una garantía bancaria frente al cliente, en caso de no haberla constituido, es el banco en el que dicho depósito fue ingresado el que debe responder y reembolsar el dinero entregado al cliente.En legalbono, trabajamos directamente con nuestro equipo de abogados expertos en reclamaciones de viviendas no entregadas.

Una vez hayamos revisado toda la documentación que nos has proporcionado, te mandaremos una oferta de servicios y gestionaremos un poder o apud acta para que podamos representarte en los Juzgados. A partir de ese momento nos encargaremos de todo y puedes olvidarte del tema. Además, te mantendremos informado del desarrollo de tu caso al menos una vez al mes.

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